Arraigo social por cuenta propia

arraigo social por cuenta propia

El arraigo social por cuenta propia es una vía legal que permite a ciudadanos extranjeros regularizar su situación en España mediante la creación de un negocio o el ejercicio de una actividad profesional como autónomos. Esta modalidad se enmarca dentro de las autorizaciones de residencia temporal por circunstancias excepcionales y está dirigida a personas que han residido en España durante un período determinado sin haberse regularizado. En este artículo, te explicamos cómo realizar el proceso, cuáles son los requisitos, y los documentos a presentar.

¿Es posible solicitar arraigo social por cuenta propia en España?

Sí, es posible solicitar el arraigo social por cuenta propia en España. Esta figura legal permite a ciudadanos extranjeros en situación irregular obtener una autorización de residencia temporal si han vivido en España durante al menos dos años de forma continuada, y desean establecerse como trabajadores autónomos o emprendedores.

Desde la reforma del Reglamento de Extranjería en 2022, el tiempo mínimo de permanencia en España para solicitar el arraigo social por cuenta propia es de dos años, no tres como era anteriormente.

Este cambio forma parte de una serie de medidas destinadas a facilitar la integración y regularización de personas extranjeras en situación irregular que han demostrado su inclusión en la sociedad.

¿Quién puede solicitar arraigo social por cuenta propia?

Pueden solicitar arraigo social por cuenta propia los ciudadanos extranjeros que se encuentran en situación irregular en España, es decir, que no tienen autorización de residencia ni de trabajo vigente.

Este procedimiento no está disponible para quienes estén en situación regular, ni para quienes deseen trabajar por cuenta ajena (como empleados).

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Requisitos para el arraigo social por cuenta propia

Para solicitar el arraigo social por cuenta propia en España, es imprescindible cumplir con una serie de condiciones que acrediten tanto tu integración en la sociedad como la viabilidad de tu proyecto emprendedor.

Residencia continuada en España durante al menos dos años

El primer requisito fundamental es haber permanecido en España de manera continuada durante al menos dos años. Esta residencia debe ser efectiva, no solo nominal, y debe demostrarse con medios fehacientes que acrediten tu presencia física en el país. Aunque se permiten ciertas ausencias, estas no pueden superar los 120 días en total durante ese período. Este requisito tiene como objetivo confirmar que la persona ha establecido una vida real y estable en España antes de iniciar el proceso de regularización.

No tener antecedentes penales

Otro aspecto clave es carecer de antecedentes penales, tanto en España como en los países donde hayas residido anteriormente durante los últimos cinco años. Este punto es muy importante, ya que uno de los pilares del arraigo social es la demostración de una conducta cívica y respetuosa con las normas legales. Cualquier antecedente penal podría derivar en la denegación de la solicitud, salvo en situaciones muy excepcionales donde se pueda justificar adecuadamente la rehabilitación o la irrelevancia del hecho delictivo para el contexto actual.

No encontrarse dentro del plazo de compromiso de no retorno

Si el solicitante se acogió en el pasado a un retorno voluntario asistido a su país de origen, debió firmar un compromiso de no retorno por un determinado período (habitualmente entre 3 y 5 años). Durante ese tiempo, no puede volver a España ni solicitar permisos de residencia, salvo casos excepcionales.

La administración también verifica este dato internamente. No obstante, si el solicitante sabe que aceptó un retorno voluntario con compromiso de no retorno y aún no ha transcurrido el plazo estipulado, no debería presentar la solicitud hasta que venza, ya que sería automáticamente denegada.

No tener prohibida la entrada a España ni figurar como rechazable en el espacio Schengen

Uno de los requisitos obligatorios para cualquier tipo de autorización de residencia en España es no estar sujeto a una orden de prohibición de entrada en territorio español, ni aparecer como persona rechazable en los sistemas de alerta del espacio Schengen. Esta condición garantiza que el solicitante no supone un riesgo para la seguridad nacional ni ha sido expulsado previamente con una sanción que impida su regreso.


Este requisito se comprueba de forma automática por parte de la Oficina de Extranjería a través de las bases de datos nacionales y europeas. No es necesario presentar documentación específica, pero si el solicitante ha sido anteriormente expulsado o tiene antecedentes de denegación de entrada, es muy probable que la solicitud sea inadmitida o rechazada.

Integración social acreditada mediante informe o vínculos familiares

El arraigo social requiere probar un nivel adecuado de inserción en la sociedad española. Esto puede hacerse de dos maneras: mediante un informe de integración social emitido por el ayuntamiento o comunidad autónoma, o presentando documentos que acrediten vínculos familiares con ciudadanos españoles o residentes legales.

Se consideran vínculos válidos tener padres, hijos, cónyuge o pareja de hecho registrada que sean ciudadanos españoles o residentes legales.

Proyecto viable de actividad económica como autónomo

Uno de los pilares del arraigo social por cuenta propia es presentar un proyecto emprendedor que tenga viabilidad económica, legal y técnica. El objetivo es demostrar que el solicitante puede generar ingresos de forma autónoma, contribuyendo al tejido económico del país sin convertirse en una carga para el sistema público.

Este requisito se cumple mediante la presentación de un plan de negocio estructurado, que debe incluir:

  • Descripción del producto o servicio.
  • Análisis del mercado y competencia.
  • Plan de marketing y estrategia comercial.
  • Organización de la empresa.
  • Estimaciones financieras: ingresos, gastos, punto de equilibrio.
  • Inversiones necesarias y previsión de rentabilidad.

Además, es aconsejable contar con un informe de viabilidad emitido por entidades reconocidas como Cámaras de Comercio, asociaciones de autónomos o consultoras empresariales, que respalden el plan.

Medios económicos suficientes para sostener el negocio y la manutención personal

El solicitante debe contar con recursos económicos suficientes tanto para arrancar su actividad como para cubrir sus necesidades personales mientras el negocio empieza a generar beneficios. No se exige una cantidad fija, pero los recursos deben ser proporcionales a la naturaleza del negocio y a los gastos de vida.

Documentación necesaria para solicitar arraigo social como autónomo

Requisitos para el arraigo social por cuenta propia

La documentación necesaria para solicitar el arraigo social por cuenta propia en España es extensa y debe ser presentada con rigurosidad, ya que cualquier omisión o error puede derivar en la inadmisión o denegación del expediente. Este conjunto de documentos tiene como finalidad acreditar el cumplimiento de todos los requisitos legales exigidos para esta modalidad de regularización. A continuación, te explicamos cada uno de los documentos imprescindibles.

Formulario de solicitud y documento de identidad

El primer paso para formalizar la solicitud de arraigo social por cuenta propia es presentar el formulario oficial EX-10, correctamente cumplimentado y firmado. Este documento recoge los datos personales del solicitante, la modalidad solicitada y los datos del domicilio a efectos de notificación. Junto a este impreso, es obligatorio aportar una copia completa del pasaporte en vigor, que debe tener una vigencia mínima de cuatro meses. Este documento permite identificar al solicitante y verificar tanto su nacionalidad como su situación legal previa.

Certificado de antecedentes penales

Uno de los requisitos esenciales es acreditar la carencia de antecedentes penales en el país de origen y en los países donde el solicitante haya residido en los últimos cinco años. Para ello, se debe aportar un certificado oficial de antecedentes penales, expedido por la autoridad competente del país correspondiente. Este documento debe estar legalizado o apostillado según el caso, y traducido al español mediante traductor jurado, si está en otro idioma. Su función es demostrar que el solicitante no representa un riesgo para el orden público ni la seguridad ciudadana.

Prueba de residencia continuada en España

Es imprescindible justificar una residencia efectiva y continuada en España durante al menos dos años, con ausencias que no superen los 120 días. Para demostrarlo, el documento más habitual es el certificado de empadronamiento histórico, que acredita el tiempo de permanencia en un municipio. No obstante, también se aceptan otras pruebas complementarias como facturas, contratos de alquiler, citas médicas, matrículas escolares, abonos de transporte, informes de ONGs, entre otros documentos que evidencien la presencia física y constante del solicitante en territorio español.

Informe de inserción social o vínculos familiares

Para acreditar la integración social, el solicitante debe presentar un informe de arraigo emitido por el ayuntamiento o comunidad autónoma donde reside. Este informe valora aspectos como el conocimiento del idioma, la participación comunitaria, la estabilidad residencial y las redes sociales de apoyo. En su defecto, si el solicitante tiene vínculos familiares directos con ciudadanos españoles o residentes legales (padres, hijos, cónyuge o pareja registrada), puede presentar partidas de nacimiento, certificados de matrimonio o libro de familia, lo que sustituye el informe y refuerza la solicitud.

Justificación de medios económicos suficientes

Es necesario demostrar que el solicitante dispone de fondos propios suficientes tanto para poner en marcha el negocio como para mantenerse personalmente durante los primeros meses de actividad. Esto se puede justificar con extractos bancarios, certificados de saldo, préstamos documentados, aportaciones de terceros, ingresos previstos, o incluso precontratos con clientes o proveedores que demuestren la existencia de relaciones comerciales. El objetivo es garantizar que la persona no dependerá de ayudas públicas para su subsistencia.

Pago de tasas administrativas

Como en todo procedimiento administrativo, es obligatorio abonar una tasa administrativa mediante el modelo 790, código 052, que corresponde al trámite de autorización de residencia por circunstancias excepcionales. El justificante de pago debe presentarse junto con el resto de la documentación y constituye un requisito formal imprescindible para la admisión del expediente.

Plan de negocio y viabilidad económica del proyecto

El eje central del arraigo social por cuenta propia es la presentación de un plan de negocio riguroso, realista y completo, que no solo describa la actividad económica que se desea emprender, sino que además demuestre que dicha iniciativa es económicamente viable y sostenible desde su inicio. Este plan debe contener una descripción clara del establecimiento o servicio que se va a ofrecer, junto con un análisis del mercado al que va dirigido, la competencia existente, las estrategias de posicionamiento y comercialización, así como la estructura organizativa y operativa del negocio.

Dentro del plan, es imprescindible indicar la inversión económica prevista, detallando los recursos que se destinarán a la puesta en marcha del proyecto (como equipamiento, licencias, material, reformas, publicidad, etc.), así como una estimación de la rentabilidad esperada. Si el negocio contempla la creación de puestos de trabajo, debe especificarse cuántos empleos se prevé generar, en qué áreas y bajo qué condiciones laborales, lo cual añade valor al expediente.

El solicitante debe justificar además que, una vez descontados los gastos necesarios para el mantenimiento de la actividad, se prevé que el ejercicio profesional genere ingresos suficientes desde el primer año para cubrir, al menos, los costes de manutención y alojamiento del emprendedor, tal como exige la normativa de extranjería. Para ello, es útil incluir en el plan proyecciones económicas con escenarios realistas y distintos márgenes de beneficio.

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Otro componente vital es la acreditación de la cualificación profesional o experiencia necesaria para desempeñar la actividad propuesta. Si la profesión que se va a ejercer requiere titulación específica o colegiación obligatoria, como ocurre con ciertas actividades sanitarias, jurídicas o técnicas, debe aportarse la titulación homologada en España y, en su caso, el documento que acredite la inscripción en el colegio profesional correspondiente.

Junto con el plan, debe probarse que el solicitante dispone de medios económicos suficientes para materializar el proyecto. Esto puede acreditarse mediante libretas de ahorro, extractos bancarios, certificados de depósitos, avales, compromisos de financiación de entidades bancarias, o cualquier otra fuente de respaldo económico legítimo. Cuanto más documentada esté esta solvencia, más sólida será la propuesta.

Además, es muy recomendable presentar contratos de prestación de servicios firmados o cartas de compromiso con clientes o proveedores, así como presupuestos formales ya aceptados, que evidencien que la actividad a desarrollar tiene demanda real. Estos contratos deben ir acompañados de una copia del documento de identidad de las personas o empresas contratantes, para garantizar su validez.

Si el proyecto contempla operaciones de importación o exportación, se pueden adjuntar certificados bancarios o de aduanas que acrediten que ya se han efectuado transacciones comerciales de este tipo o que hay acuerdos en marcha.

En los casos en los que se disponga de un local comercial o profesional, se debe incluir el contrato de arrendamiento o la escritura de propiedad, especificando los metros cuadrados del inmueble. Además, debe aportarse una declaración responsable o comunicación previa conforme al artículo 71 bis de la Ley 30/1992, cuando la superficie de exposición o venta al público no supere los 300 metros cuadrados. A esto se suma la obligación de acreditar que se cuenta con las licencias necesarias para la apertura o el funcionamiento de la actividad. Si se trata de un traspaso o cambio de titularidad de un negocio ya existente, es necesario aportar los documentos que justifiquen legalmente la cesión del mismo.

Todo este conjunto de elementos no solo fortalece el expediente, sino que demuestra de forma contundente que el solicitante tiene la capacidad y preparación para ejercer una actividad profesional por cuenta propia en condiciones legales y económicas sostenibles.

¿Cómo solicitar el arraigo social por cuenta propia en 2025?

Para solicitar el arraigo social por cuenta propia en 2025, una vez que se han reunido todos los documentos exigidos y se cumplen los requisitos legales, el siguiente paso es presentar la solicitud de forma correcta ante la administración correspondiente. Este procedimiento se realiza exclusivamente de manera presencial, ya que al tratarse de una residencia por circunstancias excepcionales, no está habilitada su tramitación electrónica directa por parte del solicitante.

La presentación debe hacerse en la Oficina de Extranjería correspondiente a la provincia donde el solicitante tenga fijado su domicilio. Para ello, es necesario solicitar una cita previa a través de la Sede Electrónica de la Administración General del Estado (https://sede.administracionespublicas.gob.es). En esa misma web se debe seleccionar la opción «Extranjería», elegir la provincia y luego el trámite específico relacionado con “Arraigo social”. Al obtener la cita, se indicará el día, la hora y el lugar donde se debe acudir personalmente para presentar toda la documentación.

El día de la cita, el solicitante debe presentarse en la Oficina de Extranjería con todos los originales y copias de la documentación preparada, incluidos el formulario EX-10 y el justificante del pago de la tasa. Es muy importante llevar tanto los documentos originales para su cotejo como las copias que se quedarán en el expediente. Si todo está en regla, el funcionario recibe la solicitud y se abre formalmente el proceso.

A partir de ese momento, la administración dispone de un plazo máximo de tres meses para emitir una resolución. Durante este tiempo, puede solicitar información adicional o subsanar errores si considera que falta algún documento o dato relevante. Si se aprueba la solicitud, se notificará por correo postal o mediante comparecencia electrónica, según la preferencia indicada al presentar la solicitud.

Una vez obtenida la resolución favorable, el siguiente paso es solicitar la cita para la toma de huellas en la Comisaría de Policía correspondiente, lo que permitirá emitir la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE). Este trámite también se hace por vía telemática en la Sede Electrónica del Estado y es imprescindible llevar la resolución original, el pasaporte, fotos tamaño carnet y el formulario modelo EX-17.

Si pasados los tres meses no se ha recibido respuesta alguna, la solicitud se entiende desestimada por silencio administrativo negativo, aunque es posible presentar un recurso o iniciar otras vías legales en esos casos.

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Rubén Lo Pun

Rubén es un abogado con amplia experiencia en Derecho de Extranjería y en Derecho Penal. Además, es el fundador del despacho legal Lawfidence.

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