Abogado de lesiones en Alicante

No solo defendemos, te acompañamos

Si te enfrentas a una acusación o has sido víctima de una agresión, contar con un abogado de lesiones en Alicante con experiencia en derecho penal puede marcar la diferencia entre una condena injusta o el reconocimiento pleno de tus derechos. En Lawfidence entendemos la presión, la incertidumbre y el impacto emocional que genera este tipo de proceso. Por eso, te ofrecemos una defensa penal cercana, clara y completamente volcada en tu caso.

Tu tranquilidad es nuestra prioridad. Desde el primer momento, te explicamos de forma sencilla tu situación legal, tus opciones y cómo vamos a ayudarte. Sin tecnicismos, sin rodeos, y con un compromiso absoluto con tu defensa.

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Cada caso importa. Cada cliente aún más

En nuestro despacho, lo primero eres tú. Sabemos que enfrentarte a un proceso penal por un delito de lesiones —ya sea como acusado o como víctima— puede ser una experiencia dura, confusa y cargada de incertidumbre. Por eso, nuestra prioridad absoluta es proteger tus derechos, ofrecerte una defensa clara y acompañarte en cada paso con cercanía y compromiso real. No trabajamos con casos, trabajamos contigo, escuchándote, explicándote cada opción legal y luchando por el mejor resultado posible para tu situación concreta. Porque en Lawfidence, más que clientes, defendemos personas.

Abogado Penalista experto en delito de lesiones

El delito de lesiones está regulado en el artículo 147 del Código Penal español, y se produce cuando alguien causa a otra persona una lesión que menoscaba su integridad corporal o su salud física o mental. La clave es que exista necesidad de tratamiento médico o quirúrgico, más allá de una simple asistencia.

Dependiendo de la gravedad del daño, la existencia de agravantes (como el uso de armas, superioridad, parentesco o reincidencia), o si se trata de una riña o lesiones mutuas, la pena puede oscilar desde multas económicas hasta prisión.

En Lawfidence te representamos si:

  • Te acusan de un delito de lesiones y necesitas defenderte ante un juzgado penal.

  • Has sido víctima de una agresión y quieres presentar una denuncia o acusación particular.

  • Estás involucrado en una pelea con daños mutuos.

  • Has recibido una citación para un juicio rápido por lesiones.

  • Eres menor de edad o el afectado lo es, y necesitas una defensa o acusación especializada.

La asistencia legal desde el primer momento es fundamental. Una mala estrategia o no acudir bien asesorado puede tener consecuencias graves: antecedentes penales, indemnizaciones elevadas o incluso ingreso en prisión.

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El delito de lesiones es una infracción penal que consiste en causar a otra persona un daño físico o psicológico que menoscabe su integridad corporal o su salud. Este delito está regulado en el artículo 147 y siguientes del Código Penal español, y se considera cometido cuando la lesión requiere una asistencia médica o quirúrgica más allá de una simple cura o atención inmediata.

Esto significa que no todas las agresiones o daños físicos se consideran delito de lesiones. Por ejemplo, un empujón o un golpe leve que solo provoca un hematoma y no necesita tratamiento médico puede considerarse una falta o delito leve, castigado normalmente con una multa. Sin embargo, si la persona agredida necesita puntos de sutura, una escayola, rehabilitación o cualquier otro tipo de intervención médica prolongada, estaríamos ante un delito de lesiones propiamente dicho.

Puede dar lugar a penas que van desde multas hasta prisión, dependiendo de la gravedad del daño, la forma en la que se produjo y otros factores como:

  • Si hubo alevosía, ensañamiento o uso de armas (agravantes).

  • Si la víctima era especialmente vulnerable.

  • Si se trató de una pelea con lesiones recíprocas.

  • Si hubo imprudencia o si la lesión fue intencionada.

  • Si existen antecedentes penales del acusado.

Según la ley, se considera lesión cuando el agresor:

  • Provoca golpes, cortes, fracturas, contusiones o cualquier otro daño físico que requiera tratamiento médico o quirúrgico.

  • Causa daños psicológicos evaluables clínicamente (por ejemplo, un trastorno de ansiedad diagnosticado como consecuencia directa del hecho).

La jurisprudencia ha tenido un papel clave en la interpretación y aplicación práctica de los artículos del Código Penal que regulan esta conducta. Aunque la ley establece los elementos básicos del delito, han sido los tribunales —especialmente el Tribunal Supremo— quienes han perfilado con mayor precisión qué se considera lesión, qué requisitos deben cumplirse y cómo deben valorarse los distintos grados del delito en función de las circunstancias del caso.

Uno de los aportes más importantes de la jurisprudencia ha sido en torno al concepto de “necesidad de tratamiento médico o quirúrgico”, que es lo que diferencia una lesión básica de una leve. Según reiterada doctrina del Tribunal Supremo, no basta con una simple primera asistencia o cura (como la aplicación de hielo, una tirita o un analgésico), sino que debe tratarse de una intervención médica sostenida en el tiempo o con cierta entidad. Por ejemplo, la necesidad de puntos de sutura, radiografías, inmovilización con férula o rehabilitación posterior son situaciones que los jueces han interpretado como indicativas de que existe realmente un delito de lesiones.

Otro punto donde la jurisprudencia ha sido clave es en la valoración del dolo o la intención de lesionar. En los casos donde no queda claro si el autor actuó con la voluntad de causar daño (por ejemplo, empujones en una discusión), los tribunales analizan cuidadosamente el contexto, la intensidad del golpe, la relación entre las partes, y el resultado final. En muchos casos se ha considerado que, aunque no existiera intención de causar un daño grave, basta con aceptar el riesgo de hacerlo para que exista dolo eventual, y por tanto, responsabilidad penal.

También ha sido muy relevante la jurisprudencia en casos de lesiones mutuas, como las peleas, donde tanto agresor como víctima se causan daño. Aquí los tribunales distinguen entre legítima defensa y riña tumultuaria, y valoran si hubo provocación, quién inició la agresión y si la reacción fue proporcionada. En estos casos, es frecuente que ambos implicados resulten condenados si no se demuestra claramente que uno actuó solo en defensa propia.

El Código Penal contempla distintos tipos o grados del delito de lesiones, en función de la gravedad del daño causado, la forma en que se produce y las circunstancias que rodean el hecho. Esta clasificación es muy importante porque de ella dependerán tanto la pena que pueda imponerse como el tipo de procedimiento judicial que se siga. A continuación, te explicamos cada uno de estos grados de forma detallada, con ejemplos prácticos para que lo entiendas con claridad.

Las lesiones básicas, recogidas en el artículo 147.1 del Código Penal, se producen cuando una persona causa a otra un daño que requiere tratamiento médico o quirúrgico. Es decir, no basta con una simple cura o una asistencia puntual: debe haber una intervención médica continuada. Un ejemplo sería una agresión en la que la víctima sufre una fractura de nariz que requiere una operación, o una herida profunda que necesita puntos de sutura y seguimiento médico. Este tipo de delito puede castigarse con penas de prisión de 3 meses a 3 años, o con una multa de 6 a 12 meses, dependiendo de las circunstancias del caso.

Por otro lado, el Código Penal también regula las lesiones leves en los apartados 2 y 3 del artículo 147, cuando el daño no requiere tratamiento médico pero sí hay una agresión o lesión física. En estos casos, aunque no exista una lesión grave, el hecho de empujar, abofetear o golpear a alguien puede considerarse delito leve. Por ejemplo, si alguien da un puñetazo que solo provoca un hematoma sin más consecuencias, podría ser sancionado con penas de multa. Estos casos suelen resolverse mediante el procedimiento de juicio rápido, especialmente si hay testigos o el agresor ha sido identificado de forma inmediata.

Las lesiones agravadas, previstas en el artículo 148 del Código Penal, son aquellas en las que existen factores que aumentan la gravedad del hecho y, por tanto, también la pena. Esto ocurre, por ejemplo, cuando el agresor utiliza un arma (como un cuchillo o una botella rota), actúa con ensañamiento (es decir, con crueldad innecesaria), abusa de una situación de superioridad (como agredir entre varias personas a una sola), o cuando la víctima es especialmente vulnerable (como un menor, una persona mayor o con discapacidad). También se consideran agravadas las lesiones en contextos de violencia de género o violencia doméstica. En estos supuestos, las penas pueden llegar a ser de 2 a 5 años de prisión. Un caso típico sería el de una persona que golpea brutalmente a su pareja con un objeto contundente, causándole varias lesiones.

Finalmente, el artículo 152 recoge las lesiones por imprudencia, que se producen cuando el daño no es intencionado, pero sí consecuencia de una conducta negligente o temeraria. Un ejemplo claro sería un conductor que, por exceso de velocidad o por distracción al volante, atropella a un peatón y le causa una fractura. Aunque no haya intención de hacer daño, el autor puede ser condenado por lesiones imprudentes, y las penas varían según el grado de imprudencia y el resultado del daño.

Además de las penas penales, el autor suele tener que indemnizar económicamente a la víctima. Esta indemnización puede incluir los gastos médicos derivados del tratamiento, el coste de rehabilitación, compensación por las secuelas físicas o psicológicas, los daños morales y también la pérdida de ingresos si la víctima no pudo trabajar durante su recuperación. Es decir, además del juicio penal, hay una responsabilidad civil que busca reparar el perjuicio causado.

Este tipo de delito puede juzgarse tanto en procedimiento ordinario como mediante juicio rápido, dependiendo de la gravedad de laos daños y la inmediatez con la que se instruya el caso. Por eso, es fundamental contar con un abogado de lesiones en Alicante desde el principio, tanto si eres acusado como si eres la víctima.

En Lawfidence, estudiamos cada caso con atención, te explicamos tus derechos de forma clara y te representamos con total compromiso durante todo el proceso. Ya sea para defenderte de una acusación injusta o para reclamar justicia como víctima, estamos a tu lado para proteger lo que más importa: tu tranquilidad y tu futuro.

Cuando alguien está acusado de un delito de lesiones, la legítima defensa puede ser una herramienta clave para lograr la absolución. No basta con afirmarlo: hay que demostrar que se cumplen todos los requisitos con pruebas, testigos, parte médico, grabaciones, etc.

La legítima defensa es una causa de justificación reconocida en el artículo 20.4 del Código Penal español, que permite a una persona repeler una agresión injusta sin que su reacción sea considerada delito. Es decir, aunque una persona cause un daño a otra —por ejemplo, una lesión—, no será penalmente responsable si actuó en defensa propia o de terceros, siempre que se cumplan ciertos requisitos (todos, no sólo uno de ellos).

Agresión ilegítima

Debe existir una agresión real, actual o inminente, que sea contraria a la ley. Esto significa que la amenaza debe ser efectiva y no meramente imaginaria, ni verbal. No se puede alegar legítima defensa ante provocaciones menores o discusiones. Por ejemplo, si alguien intenta golpearte con una botella, o te agrede físicamente sin causa justificada, estás ante una agresión ilegítima. La jurisprudencia también reconoce como agresión ilegítima ciertos actos de violencia dentro del hogar, incluso si no hay lesiones graves.

Necesidad de la defensa

La respuesta frente a la agresión debe ser necesaria para evitar el daño. Esto implica que no haya otra alternativa razonable —como huir o pedir ayuda— que pueda evitar el ataque. La defensa debe ser el único medio disponible en ese momento para protegerse, tanto a uno mismo como a un tercero. Si alguien te ataca y tú te limitas a empujarlo para escapar, claramente es defensa necesaria. Pero si el agresor está huyendo y tú lo persigues para golpearlo, la acción pierde ese carácter de necesidad.

Proporcionalidad del medio empleado

La respuesta debe ser proporcional al peligro que se pretende repeler. Esto no significa que tenga que haber una simetría exacta entre los medios empleados, pero sí que exista cierta adecuación entre la amenaza y la reacción. Por ejemplo, no es lo mismo defenderte con las manos ante un empujón que usar un arma blanca contra un golpe leve. Si te defiendes de una agresión con un medio claramente desproporcionado, podrías acabar incurriendo en un delito. En estos casos, la jurisprudencia habla de exceso en la legítima defensa, que puede ser punible.

Si la reacción es desproporcionada o continúa cuando ya ha cesado el peligro, no se podrá aplicar la legítima defensa completa. Sin embargo, la ley y la jurisprudencia contemplan que el miedo, la confusión o la alteración emocional del momento pueden justificar un “exceso disculpable”, lo que puede suponer una rebaja importante en la pena.

La riña tumultuaria es un delito recogido en el artículo 154 del Código Penal español, y hace referencia a una pelea entre varias personas en la que participan dos o más grupos enfrentados, de forma desordenada y violenta, y en la que se puede poner en peligro la integridad de los implicados o de terceros.

A diferencia de una simple agresión o de un delito de lesiones individual, en una riña tumultuaria no hay una única víctima ni un solo agresor claramente identificado. Lo que caracteriza este delito es la participación colectiva, el caos y la violencia entre varios bandos, lo que hace difícil determinar exactamente quién provocó qué daño. Por eso, la ley no castiga tanto el daño concreto, sino el peligro que supone este tipo de enfrentamiento para el orden público y la seguridad.

La jurisprudencia ha perfilado con bastante precisión cuándo se está ante una riña tumultuaria. Para que exista este delito, deben concurrir los siguientes elementos:

  1. Participación activa de varias personas, organizadas en al menos dos grupos claramente enfrentados.

  2. Violencia física recíproca entre los grupos o personas implicadas.

  3. Desorden generalizado, que puede causar alarma social o poner en riesgo a personas ajenas.

  4. Dificultad para identificar autores individuales de los daños.

Un ejemplo típico sería una pelea entre dos grupos de jóvenes a la salida de una discoteca, donde varios participantes se agreden mutuamente, se usan objetos contundentes, y resulta herida alguna persona. En estos casos, aunque no se pueda probar quién causó exactamente qué lesión, el simple hecho de participar en la pelea descontrolada ya puede ser penalmente reprochable.

La pena puede ser de prisión de 6 meses a 3 años, especialmente si se usan armas, botellas, palos u otros objetos peligrosos. Si se producen lesiones graves o incluso la muerte de alguno de los implicados, se pueden aplicar penas adicionales por homicidio o lesiones, además de la riña.

Si en la pelea no se utilizaron medios peligrosos, o si se demuestra que alguien no participó activamente, podría descartarse el delito de riña tumultuaria y tratarse como lesiones individuales o incluso una falta leve, dependiendo del daño causado.

Además, si una persona está en el lugar, pero no actúa con violencia ni incita al desorden, su defensa puede basarse en que no participó realmente en la riña, y por tanto, no debe ser condenada.

Este tipo de procesos penales suelen ser complejos porque se desarrollan en contextos caóticos, con múltiples versiones de lo ocurrido, testigos contradictorios, y en muchas ocasiones grabaciones parciales. Por eso, la labor del abogado de lesiones en Alicante es clave para:

  • Determinar si realmente existió una riña tumultuaria o solo una pelea puntual.

  • Demostrar la inexistencia de participación activa del acusado.

  • Identificar atenuantes como la provocación o la legítima defensa.

  • Defender que no hubo uso de medios peligrosos o que no se puso en riesgo la vida de nadie.

Contar con un abogado de lesiones en Alicante es fundamental cuando estás implicado en un proceso penal relacionado con un delito de lesiones, tanto si eres la persona acusada como si has sido víctima de una agresión. Estos casos no solo conllevan posibles consecuencias penales (multas, antecedentes o incluso prisión), sino que también implican un impacto personal, emocional y económico que puede ser muy difícil de afrontar sin el acompañamiento legal adecuado.

En primer lugar, la ley penal es compleja, con matices que pueden determinar si un hecho se considera delito leve, delito básico o lesión agravada. Un abogado especializado en lesiones conoce en profundidad el Código Penal y sabe cómo interpretar correctamente las circunstancias del caso, evaluar las pruebas y defender tu posición de forma sólida.

Por ejemplo, si te acusan de un delito de lesiones, un abogado penalista puede ayudarte a evitar una condena injusta, a demostrar que actuaste en defensa propia o que no hubo intención de causar daño. En muchas ocasiones, una actuación rápida y bien fundamentada puede lograr el archivo del caso, una reducción de pena o un acuerdo de conformidad que evite la entrada en prisión y minimice las consecuencias legales.

Si, por el contrario, has sido víctima de una agresión, necesitas un abogado que actúe como acusación particular, defienda tus derechos en el proceso penal y se asegure de que el agresor sea condenado no solo penalmente, sino también a indemnizarte por los daños físicos, morales o económicos que hayas sufrido. Sin una representación adecuada, puedes verte desprotegido frente a estrategias de defensa que intenten restar gravedad a lo ocurrido o dilatar el proceso.

Además, la experiencia local es clave. Un abogado de lesiones en Alicante conoce el funcionamiento de los juzgados penales de la provincia, está habituado a tratar con los fiscales, jueces y peritos que pueden intervenir en tu caso, y sabe cómo anticiparse a cada paso del procedimiento. Esta cercanía también te permite tener reuniones presenciales, resolver dudas de forma inmediata y sentir un acompañamiento más humano y directo.

En Lawfidence, entendemos que detrás de cada procedimiento penal hay una persona que está atravesando una situación complicada. Por eso, nos volcamos en tu defensa con cercanía, transparencia y compromiso total. Te explicamos cada paso del proceso con un lenguaje claro, sin tecnicismos innecesarios, y diseñamos una estrategia legal a medida para proteger tus intereses desde el primer minuto.

Un abogado de lesiones en Alicante de Lawfidence no solo te representa legalmente: te acompaña desde el primer minuto y se convierte en tu mayor respaldo durante todo el proceso penal, ya seas la persona acusada o la víctima que busca justicia. Nuestro enfoque se basa en la cercanía, la transparencia y una defensa penal diseñada a medida, paso a paso.

Primera toma de contacto: análisis gratuito y cercano

Todo comienza con una primera conversación, donde nos cuentas lo ocurrido y te escuchamos con atención. Analizamos tu caso de forma gratuita, sin compromiso, para darte una valoración legal clara y honesta. Ya en este punto te explicamos qué opciones tienes, qué penas o indemnizaciones podrían estar en juego y qué estrategia sería la más adecuada.

En esta fase buscamos que comprendas bien tu situación, sin tecnicismos, y que sientas desde el principio que estás en manos de un despacho que te habla con claridad y que se compromete contigo.

Estudio jurídico completo y preparación de la defensa o acusación

Una vez decides contar con nosotros, ponemos en marcha todo el trabajo legal:

  • Recopilamos todas las pruebas necesarias: informes médicos, declaraciones, atestados policiales, testigos, grabaciones, etc.

  • Si eres acusado, analizamos si procede una defensa basada en legítima defensa, falta de intención o pruebas insuficientes.

  • Si eres víctima, te representamos como acusación particular, para que puedas reclamar responsabilidad penal y también una indemnización económica por los daños sufridos.

Aquí es clave anticiparnos a las actuaciones de la otra parte y del juzgado, asegurando que tu defensa sea sólida y tu posición esté respaldada por argumentos firmes y bien construidos.

Asistencia en comisaría, juicio rápido o declaración judicial

Si has sido detenido o citado a declarar, estamos a tu lado desde el primer momento, ya sea en comisaría, ante el juzgado de guardia o en un procedimiento de juicio rápido. En estas situaciones la rapidez y la estrategia son fundamentales.

Nos aseguramos de que no declares sin saber lo que te estás jugando y te preparamos con antelación para que sepas cómo actuar. Si hay posibilidad de un acuerdo de conformidad que beneficie tus intereses, lo valoramos contigo. Si no, vamos con todo al procedimiento ordinario.

Desarrollo del proceso penal: preparación para juicio

Durante la fase de instrucción o investigación judicial, seguimos de cerca cada paso:

  • Intervenimos activamente en las diligencias: solicitamos pruebas, impugnamos aquellas que no beneficien tu caso, y preparamos la fase de juicio con rigor.

  • Te informamos de cada avance, con un lenguaje claro y directo. Queremos que sepas lo que está ocurriendo en todo momento.

  • Si es necesario acudir a juicio, trabajamos contigo en la preparación de la vista oral, ensayamos declaraciones, analizamos posibles preguntas, y diseñamos una estrategia procesal detallada.

Juicio y resolución: defensa firme en sala

El día del juicio, nuestro abogado penalista actúa con firmeza, seguridad y total conocimiento del caso. Ya sea defendiendo tu inocencia, buscando una atenuación de la pena o representándote como víctima para que el responsable sea condenado, estamos preparados para responder a cualquier situación con solvencia y contundencia.

Nuestra prioridad es conseguir el mejor resultado posible para ti: una absolución, una condena justa, una indemnización completa o la minimización de las consecuencias penales.

Post-juicio: recursos y seguimiento del caso

Incluso tras la sentencia, no te dejamos solo. Si es necesario, presentamos recursos de apelación ante la Audiencia Provincial o incluso ante el Tribunal Supremo si se dan los requisitos.

Y si la sentencia impone penas accesorias, indemnizaciones, órdenes de alejamiento o antecedentes penales, te asesoramos sobre cómo afrontarlas o reducir su impacto en tu vida. También te ayudamos con trámites posteriores como la cancelación de antecedentes penales, si procede.

Opiniones de clientes sobre nuestros abogados de lesiones en Alicante