Abogado de violencia de género en Alicante

Escuchamos tu historia, defendemos tu futuro

Si estás buscando un abogado de violencia de género en Alicante, ya sea como víctima o como denunciado, en Lawfidence encontrarás un equipo legal comprometido, con experiencia y sensibilidad para abordar cada caso con la atención que mereces y la firmeza legal que necesitas.

Si has sufrido violencia por parte de tu pareja o expareja, sabemos lo difícil que es dar el paso. El miedo, la vergüenza, la confusión o el desgaste emocional pueden paralizarte, pero no tienes por qué hacerlo sola. En Lawfidence te escuchamos sin juicios,  y activamos todas las herramientas legales necesarias para protegerte y ayudarte a recuperar tu vida.

También entendemos que hay personas que han sido denunciadas por violencia de género y se enfrentan a un proceso penal que puede cambiarlo todo: su libertad, su relación con sus hijos… Ser acusado no significa ser culpable, y por eso ofrecemos una defensa de tus derechos desde el primer momento.

abogado de viogen en Alicante
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Donde hay violencia, debe haber justicia

En Lawfidence sabemos que los casos de violencia de género requieren una defensa legal firme y profundamente respetuosa con los derechos de quienes se ven implicados. Son situaciones difíciles, con gran impacto personal y social, y por eso nuestro compromiso es ofrecerte un acompañamiento cercano y una representación sólida desde el primer momento.

Trabajamos para que en todo procedimiento se garantice lo más importante: que la justicia actúe con eficacia y respeto absoluto a la legalidad. Donde hay violencia, debe haber justicia. Y en Lawfidence nos aseguramos de que la tengas, protegiendo tus derechos con la máxima dedicación.

Abogado Penalista experto en violencia de género

Un abogado especializado en viogen no solo te representa legalmente, sino que se convierte en tu apoyo en uno de los momentos más delicados de tu vida. Entendemos que cada caso es único: puede que necesites protección urgente porque has sido víctima, o puede que enfrentes una acusación que pone en riesgo tu tu familia y tu futuro.

En ambos escenarios, nuestro compromiso es el mismo: garantizarte un acompañamiento humano y una protección firme de tus derechos.

Entre las actuaciones más habituales que llevamos a cabo se encuentran:

  • Asistencia inmediata en comisaría y en sede judicial, para que no estés solo en momentos clave.

  • Representación como acusación particular cuando defiendes tu condición de víctima.

  • Defensa técnica y rigurosa del denunciado, velando por la presunción de inocencia y por un proceso justo.

  • Solicitud o contestación a medidas cautelares, como órdenes de protección o uso del domicilio.

  • Orientación en el acceso a recursos y ayudas previstas por la ley, así como en el acompañamiento psicológico o social cuando es necesario.

Nuestro enfoque es claro: te acompañamos con humanidad y defendemos tus derechos con la máxima firmeza, estés en la posición en la que estés dentro del procedimiento.

abogado de violencia de género en Alicante

La viogen está regulada principalmente por la Ley Orgánica 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Según esta norma, esta violencia es la que ejerce un hombre sobre una mujer con la que mantiene o ha mantenido una relación de pareja, ya sea de hecho o de derecho, y que tiene como raíz la desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres.

Esto significa que no se trata de cualquier conflicto en la pareja, sino de una violencia que responde a un contexto de dominación o control. El objetivo de la ley es proteger a las mujeres que se encuentran en esta situación y garantizarles un entorno seguro.

No se limita a las agresiones físicas. La ley contempla distintas manifestaciones de violencia, entre ellas:

  • Física: golpes, empujones, lesiones o cualquier acción que cause daño corporal.

  • Psicológica: insultos, humillaciones, amenazas, control, aislamiento social o conductas que deterioren la autoestima y la libertad de la víctima.

  • Sexual: cualquier acto de carácter sexual impuesto contra la voluntad de la mujer.

  • Económica: privar a la mujer de recursos básicos, impedirle acceder a su propio dinero o controlar sus ingresos.

Es importante subrayar que no hace falta sufrir una agresión física para denunciar. Muchas víctimas soportan años de maltrato psicológico o económico sin identificarlo como violencia de género, cuando en realidad sí lo es.

Interponer o recibir una denuncia por violencia de género es un paso que cambia de inmediato la vida de ambas partes. El proceso judicial comienza de forma rápida y con medidas urgentes, por lo que es fundamental conocer cuáles son las posibles consecuencias tanto para la víctima como para la persona denunciada.

Consecuencias para la víctima

Cuando una mujer interpone una denuncia por viogen, la ley activa de inmediato una serie de medidas de protección y apoyo, con el fin de garantizar su seguridad y sus derechos. Entre las más relevantes se encuentran:

  • Medidas cautelares de protección: el juez puede dictar una orden de alejamiento y prohibir cualquier tipo de comunicación con el agresor. También se puede atribuir el uso de la vivienda familiar a la víctima y suspender la guarda y custodia del agresor sobre los hijos menores.

  • Asistencia jurídica gratuita y especializada: la víctima tiene derecho a un abogado desde el primer momento, incluso antes de interponer la denuncia formal.

  • Acceso a ayudas económicas y sociales: como las previstas en la Ley 1/2004, incluyendo prestaciones específicas si la víctima carece de recursos.

  • Protección laboral: reducción de jornada, movilidad geográfica o suspensión del contrato de trabajo con reserva de puesto.

  • Atención psicológica y social especializada, tanto para la víctima como para sus hijos.

En definitiva, la denuncia abre la puerta a un sistema integral de protección diseñado para que la víctima no enfrente sola las consecuencias de la violencia sufrida.

Consecuencias para el acusado

Para la persona denunciada, las consecuencias son inmediatas y pueden ser muy graves, incluso antes de que exista una sentencia. La Ley establece medidas cautelares automáticas que buscan proteger a la presunta víctima, pero que impactan directamente en la vida del denunciado. Entre ellas:

  • Detención y puesta a disposición judicial, normalmente en un plazo máximo de 72 horas desde la denuncia.

  • Medidas cautelares restrictivas: órdenes de alejamiento, prohibición de comunicación, pérdida del domicilio familiar, suspensión de la patria potestad o del régimen de visitas.

  • Antecedentes judiciales y afectación a la vida laboral y social, ya que la investigación penal puede influir en el entorno personal y profesional del acusado.

  • Riesgo de pena de prisión, multas, trabajos en beneficio de la comunidad o medidas de libertad vigilada, en caso de condena.

  • Estigma social y personal, que puede aparecer desde el primer momento, incluso antes de que se dicte sentencia.

Aquí es fundamental subrayar que la presunción de inocencia es un derecho constitucional (art. 24 CE). Esto significa que ninguna persona puede ser considerada culpable sin una sentencia firme. Por eso, contar con un abogado especializado en violencia de género es esencial para garantizar una defensa justa y equilibrada.

El proceso por violencia de género suele comenzar con la presentación de una denuncia, que puede hacerse en la comisaría, en el juzgado de guardia o directamente ante los Juzgados de Violencia sobre la Mujer. Desde ese momento, se pueden activar medidas urgentes de protección para la víctima, como la orden de alejamiento o la prohibición de comunicación, que se regulan en el artículo 544 ter de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Estas medidas se adoptan en las primeras horas y pueden afectar también a cuestiones civiles, como el uso de la vivienda familiar o la custodia de los hijos.

En paralelo, se produce la detención del denunciado si los hechos lo justifican y su puesta a disposición judicial en un plazo máximo de 72 horas. Aquí es donde el papel del abogado resulta decisivo: la víctima necesitará asesoramiento para que se recojan correctamente sus hechos y pruebas, mientras que el acusado debe contar con defensa desde el primer momento para decidir si declara o se acoge a su derecho a guardar silencio, siempre protegiendo su derecho a la presunción de inocencia.

Tras la primera declaración, el procedimiento puede seguir dos vías. Si se trata de un hecho reciente, con pruebas claras y sin necesidad de investigaciones complejas, el caso suele tramitarse mediante el juicio rápido (art. 795 LECrim), que puede celebrarse en cuestión de días. En cambio, si se necesitan más pruebas, el asunto pasa a la fase de instrucción, donde el juez investiga los hechos, toma declaración a testigos, pide informes forenses y valora las pruebas. Esta fase puede durar semanas o meses, dependiendo de la complejidad del caso.

Una vez finalizada la instrucción, el procedimiento pasa a la fase de juicio oral, donde se celebra la vista ante el juez o tribunal. En ella se practican todas las pruebas: declaraciones, testigos, peritos y documentos. Tras escuchar a ambas partes, el juez dicta sentencia, que puede ser absolutoria si no hay pruebas suficientes, o condenatoria, con penas que van desde trabajos en beneficio de la comunidad o multas hasta prisión, además de medidas accesorias como órdenes de alejamiento prolongadas.

Es importante saber que en todo este proceso existen recursos legales (apelación o recurso de casación en casos determinados), tanto para la víctima que no esté de acuerdo con la resolución, como para el acusado que quiera impugnar una condena. Por eso, contar con un abogado de violencia de género en Alicante marca la diferencia desde el inicio, porque no solo te orienta sobre cada paso, sino que prepara la mejor estrategia desde la primera declaración para proteger tu seguridad o tu libertad, según sea tu caso.

Porque el tiempo y la estrategia importan. En estos casos, los plazos son muy cortos y una declaración mal enfocada puede condicionarlo todo. Tener a tu lado un de violencia de género en Alicante evita errores irreparables y maximiza tus opciones, ya sea para conseguir protección o para defender tu presunción de inocencia.

Conocer el terreno importa. Los Juzgados de Violencia sobre la Mujer de Alicante y los juzgados de instrucción tienen dinámicas y protocolos propios. Esa experiencia local acelera trámites y nos permite anticipar escenarios, desde un juicio rápido hasta una instrucción compleja.

Estés en la posición que estés, nos ocuparemos de:

  • Asistencia inmediata en comisaría y en el Juzgado de Guardia de Alicante, para que no estés solo/a en las primeras diligencias.

  • Preparación de tu declaración: qué decir, qué documentos aportar y cómo ordenar los hechos para que el juez entienda tu realidad.

  • Medidas urgentes: solicitud, impugnación o modificación de órdenes de protección y alejamiento, así como medidas civiles (uso de vivienda, custodia, régimen de visitas) cuando proceda.

  • Estrategia probatoria: recopilación y preservación de mensajes, informes médicos, testigos, periciales psicológicas y cualquier evidencia relevante.

  • Negociación responsable o juicio: buscamos la solución que más te proteja; si es posible un acuerdo beneficioso, lo exploramos; si no, litigamos con firmeza.

  • Seguimiento integral: coordinación con recursos públicos (Oficina de Asistencia a las Víctimas del Delito, servicios sociales y sanitarios) cuando aporta valor a tu caso.

Nuestro compromiso es doble y claro: proteger a quien lo necesita y garantizar un proceso justo para quien se defiende.

Si eres víctima

Nuestro objetivo en las primeras 24–48 horas es tu seguridad. Solicitamos de inmediato medidas de protección (art. 544 ter LECrim), te asistimos en comisaría y juzgado y articulamos prueba desde el primer día, para que no tengas que revivir sola lo ocurrido.

  • Intervención urgente: valoración de riesgo, acompañamiento a comisaría/Juzgado de Guardia de Alicante, redacción de denuncia y solicitud de orden de protección con medidas penales (alejamiento, prohibición de comunicación) y civiles (uso de vivienda, custodia, régimen de visitas cuando proceda).

  • Asistencia letrada desde el primer minuto: te preparamos para declarar con seguridad, ordenando los hechos y la cronología, para que el juez entienda tu realidad sin fisuras.

  • Prueba médica y documental: coordinación para partes de lesiones, informes psicológicos/forenses, preservación de mensajes, audios, correos, llamadas y testigos. Las grabaciones en las que tú participas suelen ser válidas como prueba, y te indicamos cómo conservarlas correctamente.

  • Plan de seguridad personal: pautas claras de comunicación, dispositivos, redes sociales y entorno; si es necesario, coordinación con la Oficina de Asistencia a las Víctimas del Delito y recursos municipales/autonómicos.

Derechos y apoyos que activamos contigo

  • Medidas cautelares inmediatas de alejamiento y protección; medidas civiles sobre hijos y vivienda cuando sean necesarias.

  • Asistencia jurídica gratuita si cumples requisitos y acompañamiento psicológico y social mediante los recursos públicos.

  • Acceso a ayudas económicas y laborales (reducción de jornada, movilidad, suspensión con reserva de puesto) previstas en la LO 1/2004 y en el Estatuto de la Víctima (Ley 4/2015).

Si estás acusado

Ser denunciado no te convierte en culpable. Tu presunción de inocencia (art. 24 CE) y tus derechos en detención y declaración (art. 520 LECrim) son nuestra guía, y trabajamos para que el proceso sea justo y basado en pruebas, no en prejuicios.

  • Asistencia inmediata en comisaría/Juzgado de Guardia: no declares sin abogado; valoramos si conviene declarar o guardar silencio estratégicamente.

  • Medidas cautelares: si se acuerdan alejamiento, prohibición de comunicación o salida del domicilio, te explicamos su alcance y cómo cumplirlas; el quebrantamiento es delito (art. 468 CP).

  • Documentación inicial: identificamos y aseguramos pruebas de descargo (testigos, cámaras, ubicaciones, chats íntegros, historial de comunicaciones, tickets).

  • Legalidad de las diligencias: revisamos la cadena de custodia, entradas y registros, reconocimientos médicos y citaciones; cualquier vulneración puede excluir pruebas.

  • Teoría del caso clara: cronología contrastada, inconsistencias, móviles alternativos, periciales (psicológica, informática, acústica) y geolocalización cuando aporte valor.

  • Conformidad o juicio: si el escenario probatorio lo aconseja, estudiamos una conformidad con beneficios; si no, litigamos con firmeza en juicio rápido (art. 795 LECrim) o procedimiento ordinario.

Reglas de oro mientras dura el proceso

  • Cumplimiento escrupuloso de la orden de alejamiento (distancias, eventos comunes, colegios de hijos, redes).

  • Cero contactos directos: todo por vía legal y a través de abogados o juzgado.

  • No destruyas ni manipules pruebas: conserva dispositivos y copias forenses; evita publicaciones en redes sobre el caso.

  • Cuidado con terceros: pedir a alguien que contacte a la denunciante puede interpretarse como quebrantamiento o coacciones.

Opiniones de clientes sobre nuestros abogados de violencia machista en Alicante